Meaño abre el plazo de solicitud de ayudas para material escolar en el curso 2025-2026
El Ayuntamiento de Meaño convoca las ayudas municipales para la adquisición de material y equipamiento escolar destinadas al alumnado empadronado en el municipio y matriculado en centros docentes públicos en el curso 2025-2026.
Las subvenciones abarcan las etapas de educación infantil (2º ciclo), primaria, secundaria obligatoria, FP básica y educación especial. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 15 de octubre de 2025, contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra.
Presupuesto y cuantías
La dotación total asciende a 4.000 euros, repartidos en dos líneas:
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3.000 € para alumnado de infantil, primaria y educación especial.
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1.000 € para alumnado de secundaria, FP básica y educación especial.
Las cuantías individuales de las ayudas varían entre 60 y 90 euros, en función de la renta per cápita familiar y de la situación (familias monoparentales o resto de familias).
Gastos subvencionables
Las ayudas cubrirán gastos de material escolar realizado entre el 1 de julio y el 10 de noviembre de 2025, como:
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Libros de texto y de lectura obligatoria.
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Material fungible (cuadernos, bolígrafos, colores, etc.).
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Mochilas, estuches, mandilones o chándales.
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Material específico para alumnado con necesidades educativas especiales.
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Equipamiento informático básico.
Requisitos
Podrán solicitar estas ayudas los padres, madres o tutores/as legales del alumnado que:
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Esté empadronado y resida en Meaño.
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No haya cumplido los 18 años a 31 de diciembre de 2025.
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Pertenezca a unidades familiares con una renta per cápita igual o inferior a 6.500 € anuales.
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No disponga de determinados bienes inmuebles o vehículos que superen los límites fijados en las bases.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes deben formalizarse en el impreso normalizado (Anexo I) disponible en el Ayuntamiento de Meaño, pudiendo presentarse:
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En el Registro General del Ayuntamiento.
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A través de la sede electrónica.
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Por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 39/2015.
Las ayudas deberán justificarse mediante facturas y comprobantes de pago, siendo el plazo límite el 10 de noviembre de 2025.




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