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Porriño destina subvenciones para actividades educativas del curso 2025-2026

Las ANPA de centros públicos disponen de un mes para presentar sus solicitudes

El Ayuntamiento de Porriño ha aprobado las bases y convocatoria (Expte. 822/2026) para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades en el ámbito educativo durante el curso escolar 2025-2026.

La convocatoria, en régimen de libre concurrencia, cuenta con un presupuesto máximo de 25.000 euros, con cargo a la partida 323.4800000.

Objeto

La finalidad es apoyar iniciativas educativas y socio-culturales promovidas por las ANPA de centros sostenidos con fondos públicos del municipio, dirigidas al alumnado en edad escolar.

Se priorizarán actividades extraescolares periódicas que complementen la formación del alumnado fuera del horario lectivo.

Programas subvencionables

  • Actividades extraescolares periódicas.

  • Aula Madruga.

  • Excursiones socio-culturales (hasta un máximo de 1.000 € por asociación, descontadas otras aportaciones).

No serán subvencionables:

  • Premios en metálico o en especie.

  • Inversiones en bienes muebles (salvo material fungible imprescindible).

  • Gastos ordinarios de administración y oficina.

Beneficiarios

Podrán solicitar las ayudas las Asociaciones de Madres y Padres de centros educativos públicos ubicados en el término municipal de Porriño que desarrollen actividades dirigidas a todo el alumnado.

Quedarán excluidas las entidades que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o incurran en alguna de las causas previstas en la normativa vigente.

Cuantía de las ayudas

  • Hasta el 60% del coste del proyecto, con un máximo de 5.000 euros por entidad.

  • En el caso de Aula Madruga, la subvención podrá alcanzar el 80% del coste total o un máximo de 1.500 euros por centro educativo.

Si el importe total solicitado supera el crédito disponible, las ayudas se reducirán proporcionalmente.

Plazo y presentación

Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por medios electrónicos en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP.

Justificación y pago

Se podrá anticipar hasta el 80% de la subvención concedida. El 20% restante se abonará tras la correcta justificación de la actividad, cuyo plazo límite será el 2 de octubre de 2026.

Los pagos deberán justificarse mediante transferencia bancaria, no admitiéndose pagos en efectivo.

La resolución se publicará en el tablón de anuncios municipal, en el Portal de Transparencia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

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