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experiencia profesional

Programa Primera Experiencia Profesional_2026

Consellería de Empleo publica las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026 de las subvenciones para promover la primera experiencia profesional, a través de contratos formativos.

a) Programa I: primera experiencia profesional de las personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos (código de procedimiento TR353C).

b) Programa II: primera experiencia profesional en oficios artesanales (código de procedimiento TR353E).

Personas y empresas beneficiarias:

Programa I. Primera experiencia profesional de las personas jóvenes (código de procedimiento TR353C)

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas empleadoras y las empresas, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten personas trabajadoras jóvenes por cuenta ajena, para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia,

También podrán ser beneficiarios los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral que contraten personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para realizar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social respectivamente.

No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las administraciones públicas, las sociedades públicas, las entidades vinculadas o dependientes de cualquier de ellas, así como las entidades sin ánimo de lucro.

Programa II. Primera experiencia profesional en oficios artesanales (código de procedimiento TR353E)

Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas al amparo de este programa los talleres artesanales inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia, cualquier que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles, que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena.

Las solicitudes de subvención deberán presentarse por separado para cada uno de los programas.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Plazo general para la presentación de las solicitudes:  del 16/06/2026 a las 09:00h - 30/09/2026 a las 20:00h

Más información:   DOG DE 09/06/2026

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