Ayudas municipales para libros, material escolar y comedor escolar en Mos para el curso 2026-2027
El Ayuntamiento de Mos convoca ayudas municipales destinadas a las familias del alumnado de educación infantil, primaria y secundaria para la adquisición de libros y material escolar y para el uso del servicio de comedor escolar durante el curso 2026-2027.
BDNS (Identif.): 932088
Personas beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas el padre, la madre, el/la tutor/a o la persona acogedora del alumnado matriculado en el curso 2026-2027 que cumpla los requisitos establecidos en las bases.
Ayudas para libros y material escolar:
- Unidades familiares empadronadas en el Ayuntamiento de Mos, aunque el alumnado esté escolarizado en otro ayuntamiento.
- Unidades familiares no empadronadas en Mos siempre que tengan alumnado matriculado en un centro educativo del Ayuntamiento de Mos.
Ayudas para comedor escolar:
- Familias con alumnado matriculado en centros públicos de educación infantil de 2.º ciclo o educación primaria del Ayuntamiento de Mos que dispongan de servicio de comedor y no tengan gratuidad en dicho servicio.
- Para esta modalidad, el alumnado deberá estar escolarizado en un centro público del Ayuntamiento de Mos, con independencia del ayuntamiento de empadronamiento de la familia.
Ayudas para libros y material escolar
Las ayudas están destinadas a la adquisición de libros y material necesario para las actividades desarrolladas o promovidas por el centro educativo.
Podrán incluir, entre otros:
- Cuadernos y material de apoyo.
- Material informático.
- Material de papelería no reutilizable.
- Material de manualidades.
- Licencias informáticas de aplicaciones y libros de texto.
- Libros.
Queda excluido el material o los libros de texto que ya sean subvencionados o cedidos por otras administraciones.
No son subvencionables: ropa, calzado, uniformes, estuches, mochilas, táperes y otros utensilios.
Cuantías
Nivel educativoCuantía máxima
Educación infantil (1.º ciclo)Hasta 40 €
Educación infantil (2.º ciclo)Hasta 80 €
Educación primariaHasta 80 €
Educación secundariaHasta 80 €
La ayuda no podrá superar el 100 % del gasto efectivamente justificado.
Ayudas para comedor escolar
La cuantía será de 2 € por menú y día por menor beneficiario.
El pago se realizará en tres períodos, previa presentación de las facturas y de los justificantes de pago:
- Septiembre-noviembre de 2026: justificación del 10 al 17 de diciembre de 2026.
- Diciembre de 2026-marzo de 2027: justificación del 12 al 19 de abril de 2027.
- Abril-junio de 2027: justificación del 9 al 16 de julio de 2027.
Las personas solicitantes deberán presentar la documentación correspondiente al primer período incluso en el caso de que todavía no se haya publicado la resolución definitiva de las personas beneficiarias.
Requisitos económicos
Los ingresos que se computarán serán los correspondientes al ejercicio 2025.
La renta familiar se calculará a partir de las siguientes casillas de la declaración del IRPF:
Casilla 435 + casilla 460 - casilla 595
Las unidades familiares no deberán superar los siguientes ingresos anuales:
- 2 miembros: 16.800 €
- 3 miembros: 25.200 €
- 4 miembros: 33.600 €
- 5 o más miembros: 42.000 €
Para el cálculo también se tendrá en cuenta el número de miembros de la unidad familiar y la renta per cápita.
En caso de que la situación económica de la unidad familiar haya empeorado en más de un 30 % durante 2026 respecto de la reflejada en el IRPF de 2025, podrá acreditarse esta circunstancia aportando la documentación correspondiente a los ingresos del primer semestre de 2026.
Presupuesto
- Libros y material escolar: 10.000 €.
- Comedor escolar: 10.000 € para septiembre, octubre y noviembre de 2026 y 20.000 € para el período comprendido entre diciembre de 2026 y la finalización del curso 2026-2027, condicionados a la correspondiente consignación presupuestaria.
Plazo y presentación de solicitudes
Plazo: hasta el 16 de octubre de 2026.
Las solicitudes deberán presentarse desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPPO, mediante el modelo facilitado por el Ayuntamiento de Mos.
Podrán presentarse:
- En el Registro General del Ayuntamiento de Mos.
- Por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
No se admitirán solicitudes presentadas fuera de plazo.
Documentación
Entre la documentación que deberá acompañar a la solicitud figura:
- DNI de la persona solicitante y, en su caso, del/de la cónyuge, tutores/as o familias acogedoras.
- Libro de familia y, cuando corresponda, sentencia judicial o convenio regulador.
- Certificado de convivencia, excepto en las unidades familiares empadronadas en Mos.
- Declaración de la renta de 2025 o certificado negativo de Hacienda y justificantes de ingresos.
- Vida laboral, cuando corresponda.
- Justificante de matrícula.
- Facturas o documentos equivalentes de los gastos realizados.
- Justificante de la solicitud del servicio de comedor, en el caso de esta modalidad.
- Documentación acreditativa de la ausencia de deudas.
- Certificado del número de cuenta bancaria.
- En caso de empeoramiento económico superior al 30 %, documentación acreditativa de la situación económica del primer semestre de 2026.
Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones o recursos para la misma finalidad, siempre que el importe total no supere el 100 % del gasto.
Más información y texto completo de la convocatoria: Base de Datos Nacional de Subvenciones, BDNS 932088.
https://boppo.depo.gal/web/boppo/detalle/-/boppo/2026/10/01/2026070294




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