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Subvención para entidades locales que contraten personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia cofinanciada con la Unión Europea en el marco del programa FSE+Galicia 2021/2027.

Financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con entidades locales para la contratación durante nueve meses de personas jóvenes, inscritas como demandantes en los servicios públicos de empleo y en situación de beneficiarias en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objeto de proporcionarles una experiencia y práctica profesional que facilite su inserción laboral.

Plazo: 

De 23 de agosto  a 22 de septiembre  de 2025.

Requisitos: 

1. Se tendrá en cuenta a Iniciativa gallega de ayuntamientos emprendedores

2. No podrán tener la condición de beneficiarias de las subvenciones establecidas en esta orden las entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio , de subvenciones de Galicia.

3. Los servicios que se desarrollen al amparo de esta orden deberán posibilitarles a las personas contratadas realizar un trabajo efectivo en tareas relacionadas con los fines de las entidades beneficiarias (tanto entidades locales como organismos intermedios), que les procure una práctica profesional necesaria para su integración sostenible en el comprado de trabajo, y no estar afectos al desarrollo de una actividad económica conforme lo establecido por la jurisprudencia europea (se entenderá por actividad económica cualquier actividad consistente en el suministro de bienes o servicios en un comprado determinado), y deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que sean prestados por las entidades beneficiarias en régimen de administración directa.

b) Que se presten o ejecuten en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que la duración de los contratos de las personas desempleadas que desarrollen la prestación de los servicios en tareas relacionadas con los fines de la entidad beneficiaria sea cómo mínimo de 9 meses y la jornada a tiempo completo, al ser esa la duración y la jornada máxima subvencionable.

d) Que la entidad beneficiaria disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de los gastos no subvencionables .

Más información: 

Doga

 

 

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