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El Ayuntamiento de Piñor abre el plazo para solicitar las ayudas de emergencia social 2025

El Ayuntamiento de Piñor ha publicado las bases reguladoras de las ayudas de emergencia social para el año 2025, destinadas a dar una respuesta urgente a situaciones puntuales de necesidad individual o familiar. Estas ayudas buscan cubrir gastos básicos relacionados con la vivienda, la alimentación, la salud y otras necesidades esenciales.

Con una cuantía máxima de 250 euros por solicitante, y las ayudas se concederán por riguroso orden de presentación, hasta agotar el presupuesto disponible.

📌 Gastos subvencionables

Entre los gastos que pueden recibir ayuda se encuentran:

  • Pago de alquiler o suministros básicos para evitar desahucios.

  • Mejoras de habitabilidad en la vivienda habitual.

  • Equipamiento básico del hogar.

  • Alimentación, vestimenta y otros bienes de primera necesidad.

  • Gastos sanitarios y sociosanitarios no cubiertos por los sistemas públicos.

  • Otros gastos excepcionales valorados por los servicios sociales municipales.

📌 Requisitos de las personas beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas las personas mayores de edad o menores emancipadas que:

  • Estén empadronadas en el Ayuntamiento de Piñor, por lo general con al menos un año de antigüedad.

  • Acrediten una situación de necesidad económica o social.

  • Participen en un proceso de intervención social supervisado por profesionales municipales.

  • Presenten la documentación requerida y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.

📌 Presentación de solicitudes

El plazo de presentación estará abierto hasta el 30 de diciembre de 2025.

Las solicitudes deberán registrarse en el Registro General del Ayuntamiento de Piñor o mediante cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

La documentación requerida incluye DNI, libro de familia, certificado de convivencia, acreditación de ingresos y justificantes de la situación de necesidad, entre otros.

📌 Justificación y pago

Las personas beneficiarias deberán justificar los gastos mediante facturas o documentos válidos antes del 30 de diciembre de 2025. El pago de la ayuda se realizará directamente a la entidad o profesional que preste el servicio.

Toda la información y publicaciones relacionadas con la convocatoria estarán disponibles en el tablón de anuncios y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Piñor.

BOP Ourense

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